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El Trabajo y el Riesgo se Paga

Los pluses por trabajos peligrosos deben estar previstos en el convenio o en el contrato individual.
Son un complemento salarial en muchas profesiones.
Existen tres tipos de pluses: de peligrosidad,de penosidad y de toxcidad.
Bomberos, trabajadores de la construcción, manipuladores de elementos químicos... son profesionales que tienen un alto riesgo de sufrir percances en el ejercicio de su trabajo, por lo que, en la mayoría de los casos, perciben una serie de pluses, llamados de peligrosidad, penosidad y toxicidad.
Los pluses son un complemento salarial de algunas profesiones. ¿Cómo y cuándo se perciben? Para que los trabajadores puedan recibirlos deben cumplirse una serie de requisitos, entre los que destacan: que la retribución de los pluses por trabajos peligrosos, tóxicos o penosos debe estar prevista de forma específica en el convenio colectivo de aplicación, o en el contrato individual, y que si no hay acuerdo entre empresario y trabajador, debe ser la jurisdicción laboral la que dictamine que el puesto de trabajo reúne tales características.
Tipos de pluses
Peligrosidad: Según el Ministerio de Trabajo y las leyes que regulan dichos pluses, la peligrosidad del puesto deriva de un riesgo adicional, por la inseguridad de su desempeño ante un eventual ataque o daño. Podrían tenerlo, por ejemplo, los bomberos de un aeropuerto, el encargado de un animalario o quienes trabajan en centros de acogida con carácter de urgencia para menores de 18 años en situación de desamparo.
Penosidad: Este término se refiere a la realización del trabajo en circunstancias excepcionales. Conlleva actividades que suponen un constante esfuerzo y son dificultosas o aflictivas, como las que soportan un exceso de ruido o suciedad.
Toxicidad: Se relaciona con la utilización o manipulación de sustancias que pueden suponer un riesgo excepcional para la salud e higiene del trabajador.
Visto en 20minutos.
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